El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado esta misma mañana la ratificación de las medidas impuestas por el Ministerio de Sanidad para frenar los contagios al entender que afectan a los derechos y las libertades fundamentales.
Esto significa, que las medidas impuestas por el Gobierno Central en Madrid y 9 ciudades más de la Comunidad, no podrán llevarse a la práctica. Al no contar con el aval judicial, no se podrá multar a los incumplidores y 4.786.948 ciudadanos podrán moverse con total libertal por todo el territorio nacional.
El auto, que ha dado a conocer su auto esta mañana elTSJM, concluye que la ley que ampara y que supuestamente da cobertura a las medidas no permite limitar derechos fundamentales, como la libertad de movimiento, recogida en el artículo 19 de la Constitución Española.
En concreto, explica que “la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, y en concreto su artículo 65, no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales”.
¿Y AHORA QUÉ?
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha avanzado que el Ministerio de Sanidad adoptará "las decisiones jurídicas que mejor protejan la salud", tras el rechazo del TSJM. El Ministro ha asegurado que se trata de "un asunto a analizar en el grupo COVID-19", el que fue creado para coordinar las decisiones del Gobierno central y el regional, y ha pedido que se reúna "esta misma tarde”.
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