El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó este sábado, 23 de enero, el decreto de nuevas restricciones para luchar contra la propagación del coronavirus SARS-CoV-2, cuyas medidas fueron anunciadas el viernes. Si aún no las conoces, echa un vistazo a este artículo. Te explicamos todas las nuevas medidas.
Nuevas medidas frente al Coronavirus en la Comunidad de Madrid:
https://www.avocesdecarabanchel.es/madrid/nuevas-medidas-frente-coronavirus-comunidad-madrid1
A pesar del constante bombardeo de los medios de comunicación, buena parte de la población continúa teniendo muchas dudas al respecto, sobre todo, en lo que se refiere a la prohibición de las reuniones de personas no convivientes en domicilios.
Por regla general, quedan prohibidad las reuniones sociales, familiares o lúdicas en domicilios y espacios de uso privado entre personas no convivientes. Sin embargo, la Comunidad de Madrid ha marcado una serie de excepciones.
►Las personas que viven solas, que podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada. Cada unidad de convivencia puede integrar solamente a una única persona que viva sola.
►El cuidado, asistencia o acompañamiento a menores de edad, personas mayores, enfermos, dependientes o personas con discapacidad, por motivos justificados.
►La reunión de menores de edad con sus progenitores o tutores legales, en caso de que vivan en domicilios diferentes.
►La reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja que viven en domicilios diferentes.
►Las actividades propias de los centros, servicios y establecimientos de carácter social
►Las actividades laborales, educativas e institucionales
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