El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado, con los votos a favor de PP, Ciudadanos y VOX, el Reglamento Orgánico de los Distritos (ROD) que incorpora nuevas medidas para agilizar y racionalizar el funcionamiento de las juntas municipales. Desde la entrada en vigor del anterior reglamento en diciembre de 2004, no se habían producido modificaciones relevantes que afectaran a la marcha de estos órganos de gobierno.
La concejala delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, Silvia Saavedra, impulsora del nuevo reglamento, ha calificado a las juntas municipales como “un órgano colegiado de participación político-vecinal imprescindible” y ha recordado que “han pasado 17 años sin que este texto se modificara en lo medular. Estaba a todas luces obsoleto y ya no ofrecía respuestas válidas”. Sobre el nuevo texto aprobado por el Pleno, ha asegurado que “es fruto del trabajo ímprobo de la Dirección General de Coordinación Territorial que ha simplificado trámites, unificado textos redundantes, puntualizado cuestiones muy específicas hasta el detalle y transformado todo un proceder analógico en un proceso digital para facilitar el buen funcionamiento de las juntas municipales de distrito”, lo que, según la delegada, “les permitirá ajustarse a lo que actualmente se necesita de ellas”.
Entre las principales novedades del ROD se encuentra la delimitación de competencias materiales en las que pueden actuar los distritos. Además, incentiva el uso de medios telemáticos tanto en las convocatorias y distribución de los órdenes del día como en el reconocimiento de los sistemas de grabación y difusión de las sesiones y actas electrónicas. En esta línea de innovación tecnológica, contempla el uso del registro electrónico de iniciativas por si tuvieran que celebrarse sesiones o votaciones no presenciales.
Por otro lado, según el nuevo reglamento, se amplía la representación vecinal gracias a la potenciación de la figura de los vocales vecinos y del concejal presidente. Al mismo tiempo, permite la participación de concejales que acompañan al grupo político pero que no forman parte de la junta municipal, ofreciendo respuesta así a las repetidas demandas realizadas por los grupos durante el mandato anterior.
En lo concerniente al turno de participación vecinal en las sesiones también se han introducido cambios, ya que pasa a realizarse al inicio de la sesión en lugar de al final de la misma. Mediante la adopción de esta medida se procura, por un lado, atender de forma prioritaria las demandas vecinales, y por otro, propiciar esa participación en un horario que les permita conciliar los asuntos municipales con la vida familiar.
Por último, se flexibiliza el régimen de incompatibilidades de los vocales vecinos y se recoge la posibilidad de sustitución del concejal presidente en los casos de ausencia, vacante o enfermedad por uno de los concejales de los otros grupos políticos.