Denuncia vecinal
El artículo 47 del capitulo tercero del título primero de la sección segunda de la Constitución Española, de 6 de diciembre de 1978, habla de que “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y... La comunidad participará...”.Me apuntaron con más de siete rifles. Ahora no se sabe cuándo se le va a detener. No se pueden dejar los platos sucios amontonándose en el fregadero. Fueron un verdadero dolor de cabeza. Se convirtieron en una auténtica bestia negra. No oías los taladros que se abrían paso en las galerías, pero lo notabas en los dientes, cada una de sus inspiraciones. No quieren ni oír hablar del tema, les pone los pelos de punta. El maquillaje meticulosamente aplicado no logra ocultar por completo la palidez de sus mejillas, ni las ojeras. Se han despertado en plena noche y han tenido un ataque de pánico.
Uno de los derechos humanos fundamentales, junto a la alimentación, la educación, la sanidad, etc., es la vivienda. Las personas, nos guste o no, somos animales que necesitamos un espacio en el que guarecernos de las inclemencias el tiempo, de otros animales, hacer nuestro nido… Sin vivienda estamos en la intemperie, y bien sabemos cómo se vive a la intemperie. Por consiguiente, los Estados Partes deben adoptar inmediatamente medidas destinadas a conferir seguridad legal de tenencia a las personas y a los hogares que en la actualidad carezcan verdaderamente de esa protección, aplicando periodos de carencia en los casos más graves, en el mayor drama social de los desahucios que vienen coleando en España por las turbulencias económicas y las exclusiones sociales. Es un tema en el que hay que actuar con sensatez y humanidad, porque por ahora no ha aparecido el psiquiatra que nos libere de tal esquizofrenia. No hago una referencia a una evidencia privada, sino a una evidencia pública, que aparece recogida en la Declaración de los Derechos Humanos.
Antonio Martínez